PREGUNTAS FRECUENTES GENERALES
P. ¿Cuáles son mis derechos antes de ser arrestado?
R. Usted tiene el derecho a no declarar contra sí mismo, que es también conocido como el derecho a permanecer en silencio.
Usted tiene el derecho de estar libre de “búsqueda y confiscación no razonable,” aunque hay varias excepciones y reglamentos que acompañan ese derecho.
Usted tiene el derecho a un abogado. Sin embargo, su derecho a un abogado no aplica necesariamente a su decisión en cuanto a tomar o negarse a una prueba de alcohol en la sangre o una prueba de alcohol en el aliento.
Usted también tiene el derecho de ser aconsejado por la policía acerca de estos derechos, comúnmente llamado los derechos Miranda.
P. ¿Cuándo puede realizar la policía una búsqueda en mi propiedad?
R. Existen normas y reglamentos de policía que rodean las búsquedas. La policía puede buscar su casa, la propiedad, el coche, o registros financieros si ellos tienen causa probable para creer que ellos encontrarán evidencia de un crimen, y por lo tanto reciben una orden de registro publicada por un juez.
Sin embargo, en algunas situaciones, la policía también puede realizar una búsqueda sin una orden judicial. Si por ejemplo, si una evidencia tiene potencial y está localizada afuera, adonde “no hay una expectación razonable de privacidad” entonces la policía no requiere tener un permiso para requisar. Ellos tampoco necesitan un permiso si usted voluntariamente está de acuerdo a que ellos hagan una búsqueda. Varia gente ha dejado que la policía haga una búsqueda porque ellos no saben que tienen el derecho a negarse. La policía son expertos en tener el consentimiento de las persona cuando ellos lo necesitan.
P. ¿Cuando tienen que leerme mis derechos la policía?
R. Si usted es un sospechoso, la policía esta requerida a leerle los derechos Miranda antes de conducir un interrogatorio penal. Lo qué constituye exactamente interrogatorio de pena ha sido objeto de numerosas causas judiciales, y es más complicado de lo que usted podría esperar. Claramente, no toda discusión entre la policía y un sospechoso es "interrogatorio". Algunas discusiones son diferentes los interrogatorios, como por ejemplo que un oficial le pregunte a un sospechoso que si quiere algo de beber. La policía no necesita leer un sospechoso sus derechos en este momento. Sin embargo, en algunas circunstancias un agente de policía puede ser que haya interrogado a un sospechoso en custodia, incluso sin haber hecho preguntas directas.
Una vez que la interrogación penal comienza, la policía le tiene que leerle los derechos al sospechoso y asegurarse de que los entienda.
P. ¿Qué pasa si la policía no me lee mis derechos?
R. Muchas personas piensan que si la policía no le leen sus derechos, los cargos se desestiman. Esto no suele ser el caso. En cambio, si un sospechoso es interrogado en prisión sin le hayan leído sus derechos, entonces cualquier declaración que formule tendrá que ser excluida como prueba.
Adicionalmente, cualquier evidencia que fue descubierta con esa declaración no va a poder ser usada como evidencia tampoco. A veces esta falta de evidencia utilizable puede conducir a que los cargos sean despedidos, pero no hay despido automático si los derechos de un sospechoso no fueron leídos.
P. ¿Cuál es el derecho a un juicio rápido?
R. La 6 ª Enmienda de la Constitución de los EE.UU. garantiza que "en todos los procesos penales, el acusado gozará del derecho a un juicio rápido y público, por un jurado imparcial..." Pero no hay una pauta Constitucional específica para determinar qué constituye exactamente un juicio rápido. Algunas jurisdicciones han establecido períodos de tiempo fijos dentro de que una causa penal debe pasar por el sistema. Nuestros abogados de defensa de los condados de Miami, Broward, y Palm Beach pueden discutir los límites de tiempo que aplican a su caso.
P. ¿Cuando tengo derecho a un juicio con jurado?
R. Cualquier delito que puede ser castigado con pena de prisión de más de seis meses automáticamente le da el derecho a tener un juicio con jurado, sin importar cuál fue la ofensa. Mientras tanto no hay una definición universal del término, aquellos crímenes determinados como “ofensas menores” no necesariamente justifican un juicio con jurado. El número de personas en el jurado pueden también variar, dependiendo en el estado y la gravedad de su crimen. Nuestros abogados de defensa de los condados de Miami, Broward, y Palm Beach pueden discutir los límites de tiempo que aplican a su caso.
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